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Higiene e Segurança no Trabalho

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Legislación
- Decreto-Ley 243/86, de 20 de agosto
- Decreto-Ley 441/91, de 14 de noviembre
- Decreto Ley N ° 347/93, 01 de octubre
- Ordenanza Nº 987/93 de 6 de octubre
- Ordenanza Nº 1179/95, de 26 de septiembre
- Ordenanza Nº 1009/2002, de fecha 09 de agosto
- Ordenanza Nº 1184/2002, de fecha 29 de agosto
- Ley Nº 99/2003, de 27 de agosto
- Ley Nº 35/2004, de 29 de julio
- Ley Nº 102/2009, de 10 de septiembre sustituido por la Ley Nº 3/2014 de 28 de enero

Entrenamiento 35 horas
- Ley Nº 35/2004 (párrafos 3 y 4 del artículo 125)
- Decreto Reglamentario Nº 35/2002 de 23 de abril (párrafo 1 del artículo 162)

- Informe Individual
Las normas del Código del Trabajo ha creado una obligación única para todos los empleadores cubiertos por el Código del Trabajo y la legislación específica derivarse de los mismos informes anuales sobre la actividad social de la empresa, el contenido y plazo de presentación reguladas en el Decreto Nº 55/2010 de 21 de enero. De acuerdo con el GEI-Oficina de Estrategia y Estudios (www.gee.min-economia.pt), el Informe Individual se entrega exclusivamente por medios informáticos entre el 16 de marzo y el 15 de abril del año siguiente al año al que se refiera . La responsabilidad de la entrega del Informe Individual es el empleador y puede, si lo considera delegar los proveedores de socios / servicio, llenar un anexo especial, sin embargo, dejar de asumir la responsabilidad de la información de dicho anexo y la entrega de todos Informe.